13 Abr 2014
Como estamos en campaña de rentas, nos encontraremos casos de cantidades abonadas por el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), por haber quedado pendientes de pago por la empresa y que la misma ha reconocido en acta de conciliación (despidos objetivos, concurso de acreedores), en este caso ¿cuándo imputamos estos rendimientos? ¿y los gastos deducibles? ¿y las retenciones?.
Como regla g...